Contrato de ejecución de obra por administración
En Málaga, a 09 de mayo de 2026.
Reunidos
De una parte, D./Dña. Juan Pérez García, con NIF 12345678A, domicilio en C/ Larios 5, 29005 Málaga, teléfono +34 600 123 456, email cliente@ejemplo.es, en adelante el PROMOTOR.
De otra parte, Construcciones Málaga SL, con CIF B12345678, representada por D./Dña. María López Ruiz, en adelante el CONTRATISTA.
Ambas partes se reconocen capacidad legal para obligarse y contratar.
Exponen
I. Que el PROMOTOR es titular del inmueble sito en C/ Victoria 12, 29012 Málaga y desea ejecutar las obras descritas en la memoria o proyecto anexo.
II. Que, dada la naturaleza de la obra y la incertidumbre sobre su alcance final, ambas partes acuerdan la modalidad de ejecución por administración (coste real más honorarios de gestión), conforme a las siguientes cláusulas:
Primera — Objeto y modalidad
Ejecución por el CONTRATISTA de las obras descritas en la memoria o proyecto anexo bajo la modalidad de obra por administración. A diferencia del contrato a tanto alzado (art. 1.593 CC), el PROMOTOR abonará el coste real de los materiales, subcontratas y mano de obra, más un porcentaje fijo en concepto de honorarios de gestión. El CONTRATISTA actuará como gestor y ejecutor de la obra, debiendo acreditar todos los costes con facturas y justificantes.
Segunda — Honorarios de gestión
El CONTRATISTA percibirá unos honorarios de gestión del 15 % sobre el coste real acreditado de materiales y subcontratas (excluido IVA). Este porcentaje es fijo e invariable durante toda la obra y remunera la organización, dirección de los trabajos, coordinación de gremios, gestión administrativa y beneficio industrial del CONTRATISTA.
Tercera — Mano de obra propia
La mano de obra propia del CONTRATISTA se facturará a una tarifa de 35,00 €/hora por operario. Esta tarifa incluye salario, seguridad social, EPI, herramienta menor y desplazamiento. El CONTRATISTA llevará un parte de trabajo diario firmado por su jefe de obra, que el PROMOTOR o su representante podrán verificar en cualquier momento.
Cuarta — Presupuesto máximo
El coste total de la obra (materiales + subcontratas + mano de obra propia + honorarios de gestión + IVA) no podrá superar el importe de 120.000,00 € IVA incluido sin autorización escrita del PROMOTOR. Alcanzado el 80 % del presupuesto máximo, el CONTRATISTA deberá comunicarlo por escrito al PROMOTOR en un plazo máximo de 3 días hábiles. Cualquier gasto que supere el presupuesto máximo sin autorización previa correrá a cargo del CONTRATISTA.
Quinta — Forma de pago y facturación
El CONTRATISTA emitirá factura mensual detallando: (a) materiales adquiridos con factura original o copia compulsada, (b) subcontratas con factura del subcontratista, (c) horas de mano de obra propia con parte de trabajo, (d) honorarios de gestión calculados sobre (a) + (b). IVA al 10 %. Vencimiento a 15 días desde la recepción de la factura conforme. El PROMOTOR podrá rechazar facturas sin justificación suficiente.
Sexta — Reporting y transparencia
El CONTRATISTA entregará al PROMOTOR un informe mensual que incluirá: resumen de costes acumulados por capítulo, comparativa con el presupuesto estimado, previsión de coste hasta finalización, incidencias relevantes y fotografías del estado de la obra. El PROMOTOR tendrá acceso permanente a la contabilidad de la obra y podrá solicitar cualquier justificante adicional.
Séptima — Aprobación de materiales y proveedores
Antes de la adquisición de cualquier material o contratación de subcontratista, el CONTRATISTA presentará al PROMOTOR un mínimo de dos presupuestos comparativos (tres para partidas superiores a 3.000 €). El PROMOTOR aprobará la opción que considere más conveniente en un plazo máximo de 3 días hábiles. En caso de silencio, se entenderá aprobada la opción de menor coste.
Octava — Plazo estimado
Inicio previsto: 09 de mayo de 2026. Plazo estimado: 90 días hábiles. Finalización prevista: 12 de septiembre de 2026. Al tratarse de obra por administración, el plazo tiene carácter estimativo. No obstante, el CONTRATISTA se compromete a ejecutar la obra con diligencia y continuidad, sin interrupciones injustificadas superiores a 5 días hábiles.
Novena — Garantías legales
El CONTRATISTA responde conforme al artículo 17 de la LOE por plazos de 1, 3 y 10 años según la naturaleza del vicio, contados desde la recepción de la obra. La modalidad por administración no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad como ejecutor material de la obra.
Décima — Recepción y liquidación
Acta de recepción provisional con liquidación final de costes. El CONTRATISTA presentará un estado de cuentas final con desglose completo de todos los costes, honorarios y pagos recibidos. La liquidación será aprobada por ambas partes. Recepción definitiva al año sin defectos manifestados.
Undécima — Derecho de auditoría
El PROMOTOR podrá auditar en cualquier momento la contabilidad de la obra, verificando facturas, albaranes, partes de trabajo, nóminas de personal asignado y certificados de subcontratistas. El CONTRATISTA se compromete a conservar toda la documentación durante 5 años desde la recepción definitiva y a facilitar acceso completo en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la solicitud.
Duodécima — Resolución
Causas de resolución: impago superior a 30 días, falta de transparencia o negativa a facilitar documentación justificativa, paralización injustificada superior a 10 días, facturación fraudulenta, concurso de acreedores. En caso de resolución, se procederá a la liquidación inmediata de los costes devengados y honorarios proporcionales.
Última — Jurisdicción
Juzgados y Tribunales del domicilio del PROMOTOR, con renuncia a cualquier otro fuero.
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NIF 12345678A
El Promotor
en rep. de Construcciones Málaga SL
El Contratista
