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Plantillas jurídicas · sector construcción · España

Contratos de obra
listos para firmar
en tres minutos.

Plantillas específicas para el sector de la construcción. Redactadas por profesionales colegiados y fundamentadas en la LOE y el Código Civil. Editables y firmables digitalmente.

Probar el generador Por qué funciona
+312
Contratos generados
17
Comunidades autónomas
14 días
Garantía de devolución
3 min
Tiempo medio de generación
· catálogo ·

Precios

[ tres niveles · pago único · sin suscripción ]

Nivel Base
6,90
Pago único · IVA incluido
  • 8 cláusulas esenciales
  • Para obras pequeñas (<15.000 €)
  • Alta confianza entre partes
Más elegido
Nivel Estándar
9,90
Pago único · IVA incluido
  • 14 cláusulas completas
  • Hitos certificables, RGPD y LOE
  • Uso general recomendado
Nivel Blindado
14,90
Pago único · IVA incluido
  • 14 cláusulas + 9 módulos de protección avanzada
  • Aval, arbitraje, RC ampliada y más
  • Para obras exigentes
14 módulos opcionales
Puedes añadir cláusulas extra a los niveles Base y Estándar (en Blindado vienen todas activadas): aval bancario, arbitraje, seguro Todo Riesgo Construcción, revisión IPC, confidencialidad, prohibición de cesión y más. Cada módulo añade entre 0 y 2 € al precio del nivel.
¿Puedo modificar el contrato?
Sí. La personalización ocurre durante el proceso de generación: eliges nivel, activas los módulos que necesites y rellenas los datos específicos de tu obra (partes, importes, plazos, hitos, penalizaciones). Si tras generar necesitas un ajuste puntual no contemplado en el formulario, escribe a contacto@contratosdeobra.es y te ayudamos.
Pago único, sin sorpresas
Pagas una vez por contrato generado. No hay suscripción ni cargos recurrentes. Recibes el PDF en tu correo y un enlace de DocuSeal para firmar digitalmente desde el móvil. La otra parte recibe también su enlace de firma.
Garantía de devolución de 14 días
Si el contrato no se ajusta a lo que necesitabas, te devolvemos el importe íntegro durante los 14 días siguientes a la compra. Sin formularios complejos: escribe a contacto@contratosdeobra.es y procesamos el reembolso en menos de 48 horas.
Elegir contrato
01

Redactados por arquitectos, revisados por abogados.

Plantillas elaboradas por un equipo de arquitectos y revisadas por abogados ejercientes. No son plantillas anónimas de internet: son contratos que firmarían sus propios autores.

02

Escritos desde la obra.

Cláusulas que los contratos genéricos no cubren: modificados, certificaciones mensuales, hitos certificables, responsabilidad decenal LOE, Plan de Seguridad visado, gestión de residuos.

03

Tres niveles · catorce módulos.

Desde el contrato Base para obras pequeñas hasta el Blindado con cláusulas de protección avanzada. Añade los módulos opcionales que necesites: aval, arbitraje, seguro TRC, revisión IPC.

Glosario rápido

[ términos que debes conocer antes de firmar cualquier contrato de obra ]

Tanto alzado (art. 1.593 CC)
Modalidad de contrato de obra donde el precio es fijo e inamovible. El contratista no puede reclamar más aunque aumenten sus costes, salvo modificación aprobada por el promotor.
Responsabilidad decenal (LOE)
Obligación del constructor, arquitecto y promotor de responder durante 10 años por daños estructurales, 3 años por defectos de habitabilidad y 1 año por defectos de acabado.
Retención de garantía
Porcentaje (habitualmente 5-10%) que el promotor retiene de cada certificación para asegurar el correcto remate de la obra. Se libera transcurrido el plazo de garantía sin defectos.
REA (Registro de Empresas Acreditadas)
Registro obligatorio para empresas constructoras con más de 10 trabajadores, exigido por la Ley 32/2006 como requisito para subcontratar en el sector de la construcción.
Dirección facultativa
Equipo técnico (arquitecto director de obra + aparejador) que supervisa la ejecución conforme al proyecto. Su conformidad es necesaria para validar certificaciones y recepciones.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio hacer un contrato de obra por escrito?

El Código Civil no exige forma escrita para la validez del contrato de obra, pero sin documento escrito es imposible probar el precio pactado, el plazo y las responsabilidades. En la práctica, cualquier obra de más de 3.000 € debería tener contrato escrito.

¿Vuestras plantillas tienen cláusulas nulas de pleno derecho?

No. Cada plantilla está revisada cláusula a cláusula contra la LOE, el Código Civil, la Ley 32/2006 de subcontratación, la LCU y el RGPD. No copiamos párrafos genéricos de plantillas anónimas: las cláusulas que conocemos como problemáticas (penalizaciones desproporcionadas, exoneraciones de responsabilidad decenal, renuncias previas a derechos del consumidor) no aparecen en nuestros contratos.

¿Qué pasa si no me sirve el contrato? ¿Puedo pedir la devolución?

Sí. Tienes 14 días desde la compra para solicitar la devolución íntegra del importe. Basta con escribir a contacto@contratosdeobra.es indicando el número de pedido. Procesamos el reembolso en menos de 48 horas, sin formularios ni justificaciones.

¿Qué diferencia hay entre contrato de obra a precio cerrado y por administración?

En el precio cerrado (art. 1.593 CC) el importe es fijo: el contratista asume las desviaciones de coste. En la obra por administración el promotor paga los costes reales más un porcentaje de honorarios. El precio cerrado protege mejor al promotor; la administración es preferible cuando el proyecto está poco definido.

¿Qué garantías me da la LOE frente a defectos?

La Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación establece tres plazos: 10 años para daños estructurales, 3 años para defectos que afectan a la habitabilidad (humedades, instalaciones) y 1 año para defectos de acabado. Estos plazos empiezan a contar desde el acta de recepción de la obra.

¿Puedo modificar el contrato una vez generado?

Sí. El contrato se genera en formato editable. Puedes ajustar cualquier cláusula antes de firmarlo. Si necesitas asesoramiento legal específico para modificaciones sustanciales, te recomendamos consultarlo con tu abogado o el colegio de arquitectos de tu provincia.